Una persona fallecida prohibió expresamente el acceso a sus datos. ¿Qué facultad conserva un heredero conforme a la Ley Orgánica 3/2018?
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 3
El tema 26 cubre la LO 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, junto con el régimen específico del tratamiento de datos con fines policiales. Los enunciados se apoyan en definiciones, en los derechos del interesado y en las reglas particulares que separan el tratamiento policial del régimen general.
Una persona fallecida prohibió expresamente el acceso a sus datos. ¿Qué facultad conserva un heredero conforme a la Ley Orgánica 3/2018?
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 3
La Policía Judicial solicita datos necesarios para investigar una infracción penal. Según la Ley Orgánica 7/2021, ¿cómo debe formular la petición?
Fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-8806#a7
Un responsable pretende basar en el consentimiento un tratamiento que reúne varias finalidades. ¿Qué debe constar respecto de esas finalidades?
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 6
El tratamiento de los datos de una persona de trece años quiere fundarse en el consentimiento. ¿Qué consentimiento permite considerarlo lícito?
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 7
Los datos personales no se obtuvieron del afectado. Además de la información básica común, ¿qué debe incluirse sobre su procedencia?
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 1.3
El responsable ofrece un canal para ejercer derechos, pero el afectado elige otro medio accesible. ¿Cómo incide esa elección en la solicitud?
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 1.4
Una cámara de seguridad capta imágenes ordinarias que no deben conservarse para acreditar actos contra personas, bienes o instalaciones. ¿Cuándo deben suprimirse?
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 2.4
Una empresa prepara su política interna sobre desconexión digital. ¿Qué actuación exige la Ley Orgánica 3/2018 antes de elaborarla?
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 8.10
Respecto de cada actividad de tratamiento sometida a la Ley Orgánica 7/2021, ¿con qué periodicidad máxima debe revisarse la necesidad de conservar, limitar o suprimir los datos?
Fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-8806#a8
Al distinguir categorías de interesados, ¿dónde encaja una persona que puede ser citada como testigo en una investigación penal?
Fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-8806#a9
El tratamiento debe apoyarse en una base de licitud, ser leal y transparente, limitarse a la finalidad para la que se recogieron los datos, ser adecuado y limitado a lo necesario, exacto, conservado no más tiempo del preciso y tratado con las garantías de seguridad adecuadas. Los derechos del interesado son acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición. Sobre las personas fallecidas, el artículo 3 de la LO 3/2018 permite a los herederos y a las personas vinculadas acceder a sus datos y pedir su rectificación o supresión, salvo prohibición expresa del causante, pero esa prohibición no alcanza a los datos de carácter patrimonial.
El tratamiento de datos con fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales tiene un régimen propio, más flexible en algunos aspectos y más exigente en otros: permite tratamientos que el régimen general no admitiría, pero somete su ejercicio a finalidades tasadas, a plazos de conservación y a un régimen específico de derechos, que pueden restringirse de forma motivada cuando su ejercicio comprometa una investigación. Ese equilibrio (qué se puede hacer, con qué límite y con qué motivación) es lo que los enunciados exploran.
| Aspecto | Régimen general | Fines policiales |
|---|---|---|
| Base de licitud | Consentimiento u otra base del artículo 6 RGPD | Cumplimiento de una misión de interés público tasada |
| Derechos del interesado | Plenos | Pueden restringirse de forma motivada |
| Finalidad | Limitada a la declarada | Prevención, investigación, detección o enjuiciamiento penal |
Sí. El artículo 3 de la LO 3/2018 lo permite salvo que el causante lo hubiera prohibido expresamente, y esa prohibición no afecta al derecho de los herederos a acceder a los datos de carácter patrimonial.
Ante el responsable del tratamiento. El encargado trata los datos por cuenta del responsable y no es el destinatario natural del ejercicio de derechos, distinción que aparece a menudo como distractor.
Sí, de forma motivada y dentro de las finalidades tasadas del tratamiento con fines policiales, cuando su ejercicio pueda comprometer la investigación. No es una restricción automática ni indefinida.
La limitación de la finalidad: los datos recogidos para una finalidad determinada no pueden tratarse después de forma incompatible con ella, salvo las excepciones que la propia normativa prevé.
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