Al delimitar quién queda protegido por el Convenio Europeo de Derechos Humanos, ¿a quién deben reconocer sus derechos las Altas Partes Contratantes?
Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1979-24010
El tema 27 abre el bloque de Ciencias Sociales con las declaraciones y convenios de derechos humanos y sus mecanismos de garantía. Se pregunta por instrumentos concretos, por las fechas y órganos asociados a cada uno y por la diferencia entre una declaración y un tratado vinculante.
Al delimitar quién queda protegido por el Convenio Europeo de Derechos Humanos, ¿a quién deben reconocer sus derechos las Altas Partes Contratantes?
Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1979-24010
Una actuación no alcanza la consideración de tortura, pero sí constituye un trato degradante. ¿Cómo la contempla el artículo 3 del Convenio Europeo?
Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1979-24010
Tras una detención preventiva amparada por el Convenio Europeo, ¿qué información debe recibir la persona detenida conforme al artículo 5.2?
Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1979-24010
Durante un proceso penal aún no ha recaído declaración legal de culpabilidad. Según el artículo 6.2 del Convenio Europeo, ¿qué condición conserva la persona acusada?
Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1979-24010
Si una persona denuncia la vulneración de un derecho reconocido en el Convenio Europeo, ¿qué vía garantiza su artículo 13?
Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1979-24010
Dos prácticas se analizan conjuntamente a la luz de la Declaración Universal: esclavitud y servidumbre. ¿Qué establece su artículo 4?
Fuente: https://www.un.org/en/about-us/universal-declaration-of-human-rights
¿Qué facultad atribuye la Declaración Universal a cada ser humano respecto de su personalidad jurídica, con independencia del lugar donde se encuentre?
Fuente: https://www.un.org/en/about-us/universal-declaration-of-human-rights
Ante una persecución, la Declaración Universal formula una facultad que se proyecta fuera del propio Estado. ¿En qué consiste?
Fuente: https://www.un.org/en/about-us/universal-declaration-of-human-rights
Una persona decide abandonar sus convicciones religiosas y adoptar otras. ¿Qué alcance da la Declaración Universal a la libertad correspondiente?
Fuente: https://www.un.org/en/about-us/universal-declaration-of-human-rights
Además de reconocer la reunión pacífica y la asociación, el artículo 20 de la Declaración Universal protege una decisión individual. ¿Cuál es?
Fuente: https://www.un.org/en/about-us/universal-declaration-of-human-rights
La Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1948, no es un tratado y por sí misma no crea obligaciones jurídicas exigibles, aunque su valor como referencia interpretativa es enorme. Los pactos internacionales de 1966, en cambio, son tratados que vinculan a los Estados parte. En el ámbito europeo, el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950 crea un mecanismo jurisdiccional real: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ante el que cabe demanda individual una vez agotados los recursos internos.
El artículo 10.2 de la Constitución establece que las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. Esa cláusula convierte los instrumentos internacionales en criterio de interpretación interno y explica por qué este tema no es un añadido teórico sino una pieza del sistema constitucional de derechos.
| Instrumento | Año | Naturaleza |
|---|---|---|
| Declaración Universal de Derechos Humanos | 1948 | Declaración de la Asamblea General |
| Pactos Internacionales | 1966 | Tratados vinculantes para los Estados parte |
| Convenio Europeo de Derechos Humanos | 1950 | Tratado con tribunal propio, el TEDH |
No es un tratado y por sí misma no crea obligaciones jurídicas exigibles, aunque su valor interpretativo es central y el artículo 10.2 de la Constitución española la incorpora como criterio de interpretación de los derechos fundamentales.
Obliga a interpretar los derechos fundamentales de conformidad con la Declaración Universal y con los tratados sobre la materia ratificados por España, de modo que el derecho internacional de los derechos humanos entra en el ordenamiento interno como criterio interpretativo.
Una vez agotados los recursos internos disponibles, mediante demanda individual y dentro de los plazos previstos por el Convenio. La subsidiariedad es un requisito de admisibilidad, no una recomendación.
Uno regula los derechos civiles y políticos y el otro los derechos económicos, sociales y culturales, con mecanismos de control distintos. Los enunciados suelen intercambiar el contenido de ambos.
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