Se ha aprobado un reglamento, pero todavía no se ha insertado en el diario oficial correspondiente. ¿Qué consecuencia establece la LPAC?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 131
Un reglamento no entra en vigor por estar aprobado: el artículo 131 de la LPAC exige su publicación en el diario oficial correspondiente. Este bloque gratuito parte de reglas concretas como esa para practicar Derecho administrativo en Auxiliar C2 y Administrativo C1 de la AGE. Las preguntas trabajan la eficacia de disposiciones, la motivación, la prueba, los recursos, la potestad reglamentaria y los límites de la regulación, con explicaciones destinadas a distinguir la respuesta legal de distractores formalmente verosímiles.
Se ha aprobado un reglamento, pero todavía no se ha insertado en el diario oficial correspondiente. ¿Qué consecuencia establece la LPAC?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 131
Las bases de un procedimiento selectivo señalan dónde aparecerán sus actos sucesivos. ¿Qué valor tiene una publicación realizada en otro lugar?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 45
El instructor considera innecesaria una prueba propuesta por el interesado. ¿Cómo puede rechazarla válidamente?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 77
Un ciudadano titula «reposición» un escrito cuyo contenido revela que procede una alzada. ¿Cómo afecta ese error a la tramitación?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 115
Durante la formalización, el adjudicatario pide añadir una cláusula que mejora para él lo acordado al adjudicar. ¿Es posible?
Fuente: Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, art. 1.65
Al comparar los instrumentos normativos del Gobierno de la Nación, ¿qué posibilidad recoge la LPAC junto a la iniciativa legislativa ordinaria?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 127
Un ayuntamiento prepara una ordenanza dentro de sus competencias. ¿Qué órgano aparece entre los titulares de potestad reglamentaria según la LPAC?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 128
Una propuesta reglamentaria impone varias obligaciones y existe otra medida menos restrictiva capaz de cubrir la misma necesidad. ¿Qué exige el principio de proporcionalidad?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 129
Al definir el contenido de una resolución administrativa, ¿qué doble exigencia material debe respetar el órgano competente?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 34
La instructora rechaza una prueba propuesta por la persona interesada. ¿Cómo debe exteriorizarse la razón de esa decisión?
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 35
La LPAC asigna consecuencias distintas a la publicación según el supuesto. Una disposición reglamentaria necesita aparecer íntegramente en el diario oficial correspondiente para entrar en vigor y producir efectos jurídicos. En un procedimiento selectivo, las bases deben identificar el medio de las publicaciones sucesivas y utilizar otro lugar las priva de validez. También importa la forma de decidir: el contenido del acto ha de ser determinado, ajustado al ordenamiento y adecuado a su finalidad. Si el instructor rechaza una prueba propuesta, no basta una anotación interna ni una fórmula genérica. La decisión requiere motivación, con una referencia sucinta a los hechos y fundamentos jurídicos, y solo procede cuando la prueba sea manifiestamente improcedente o innecesaria.
En materia de recursos, la LPAC aplica un criterio antiformalista: una denominación equivocada no impide tramitar el escrito cuando su contenido permite deducir cuál es el recurso verdadero. Para la producción normativa conviene separar rango, competencia y procedimiento. El Gobierno puede aprobar reales decretos-leyes y reales decretos legislativos dentro de los términos constitucionales, mientras que la potestad reglamentaria local corresponde a los órganos de gobierno locales en su ámbito competencial. Toda iniciativa normativa debe justificar su necesidad y respetar la proporcionalidad, limitando las cargas a lo imprescindible y escogiendo la alternativa menos restrictiva. En contratación pública aparece un límite relacionado: la formalización puede documentar la adjudicación, pero no modificar sus términos.
| Supuesto | Medio relevante | Consecuencia jurídica |
|---|---|---|
| Reglamento aprobado | Diario oficial correspondiente | Sin inserción no entra en vigor ni produce efectos jurídicos |
| Actos sucesivos de un procedimiento selectivo | Lugar indicado en la convocatoria | La publicación efectuada en otro lugar carece de validez |
| Difusión complementaria de una norma | Portal o medio adicional | Amplía el conocimiento, pero no reemplaza la publicación preceptiva |
No de manera automática. El órgano instructor solo puede rechazar una prueba propuesta cuando sea manifiestamente improcedente o innecesaria, y debe hacerlo mediante una resolución motivada. La mera presencia de otro elemento probatorio no sustituye el examen de necesidad ni permite utilizar una fórmula genérica sin hechos y fundamentos jurídicos.
No, siempre que del contenido pueda deducirse su verdadero carácter. La LPAC evita que un error de denominación impida la tramitación. Para resolver estas preguntas conviene atender al acto impugnado, a si pone fin a la vía administrativa y al órgano competente, no solo al título escrito por el recurrente.
La aprobación completa una fase, pero no basta para su vigencia. El reglamento debe publicarse en el diario oficial correspondiente antes de entrar en vigor y producir efectos jurídicos. Una comunicación interna, el conocimiento de los órganos afectados o un resumen publicado en un portal no sustituyen esa exigencia.
Debe interpretarse como práctica orientativa, nunca como nota oficial. En C2 hay 110 preguntas en 90 minutos y en C1, 90 preguntas en 100 minutos. Cada error resta un tercio y las respuestas en blanco no penalizan. Las dos partes son eliminatorias y exigen 25 puntos sobre 50, pero la equivalencia en puntuación directa la fija después la Comisión Permanente de Selección.
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